Los integrantes de la SCJN llegaron a la conclusión de que se utilizaron pruebas ilegales o insuficientes para acusar a los 12 integrantes del FPDT de un delito que no cometieron
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de los 12 integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT ), que fueron detenidos y sentenciados de 31 a 112 años de prisión por los enfrentamientos y conflictos registrados en la comunidad de San Salvador Atenco, en febrero y mayo de 2006.
Los ministros de la Primera Sala del alto tribunal, como lo adelantó EL UNIVERSAL, acordaron girar un telegrama dirigido a los penales en donde se encuentran recluidos los pobladores de Atenco, para que sean liberados de inmediato.
Los integrantes de la Corte llegaron a la conclusión de que en su caso se utilizaron pruebas ilegales o insuficientes, para acusarlos de un delito que no cometieron.
Al concederles los amparos que anulan la sentencia en su contra, el ministro Juan Silva Meza afirmó que su caso daba la impresión de ser una forma maquillada de criminalizar la protesta social.
En particular al referirse al caso de los líderes del movimiento, Ignacio del Valle y Felipe Álvarez, el ministro afirmó que si bien se les podía señalar por haber retenido a funcionarios durante sus manifestaciones, la realidad es que esta conducta no podía ser considerada como un secuestro equiparado, delito por el que se les había sentenciado.
Los ministros de la Primera Sala del alto tribunal, como lo adelantó EL UNIVERSAL, acordaron girar un telegrama dirigido a los penales en donde se encuentran recluidos los pobladores de Atenco, para que sean liberados de inmediato.
Los integrantes de la Corte llegaron a la conclusión de que en su caso se utilizaron pruebas ilegales o insuficientes, para acusarlos de un delito que no cometieron.
Al concederles los amparos que anulan la sentencia en su contra, el ministro Juan Silva Meza afirmó que su caso daba la impresión de ser una forma maquillada de criminalizar la protesta social.
En particular al referirse al caso de los líderes del movimiento, Ignacio del Valle y Felipe Álvarez, el ministro afirmó que si bien se les podía señalar por haber retenido a funcionarios durante sus manifestaciones, la realidad es que esta conducta no podía ser considerada como un secuestro equiparado, delito por el que se les había sentenciado.
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